LEY DE TRANSPARENCIA ACP
Información Institucional
ASOCIACIÓN DE CICLISTAS PROFESIONALES
1.- Estructura organizativa
La Asamblea General es el órgano supremo de la organización y estará constituida por
todos los afiliados de número y miembros de la Junta Directiva.
La Junta Directiva es el órgano permanente de gobierno, dirección y administración de la
ACP y estará compuesta, como mínimo, por un Presidente, un Vicepresidente, un
Secretario y un Asesor Jurídico elegidos por los miembros de la Asamblea por un periodo
de cuatro años elegidos mediante sufragio libre y secreto, pudiendo ser reelegidos.
También formarán parte de la Junta Directiva los Delegados de Equipo.
El Presidente de la Asociación de Ciclistas Profesionales es D. José Luis de Santos
Arribas. Ex ciclista profesional, tiene una amplia experiencia en el ciclismo profesional,
en el que ha sido director técnico y seleccionar nacional absoluto.
2.- Funciones y normativa.
En los términos establecidos en el art. 7 de la Constitución, la ACP tiene por objeto la
defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios, siendo
sus fines, entre otros:
a) Representación de los derechos e intereses colectivos e imagen de la asociación y
de sus miembros.
b) La defensa de los derechos fundamentales de los ciclistas en las relaciones
laborales y en la práctica deportiva.
c) El reconocimiento de los derechos laborales y sociales de los ciclistas y la
promoción del diálogo social y de la negociación colectiva.
d) La representación y defensa de los derechos de los ciclistas en las relaciones
laborales y en el ámbito de la práctica deportiva.
e) La promoción de la igualdad efectiva de hombres y mujeres en la práctica ciclista,
profesional o no, y la lucha contra la violencia de género.
f) La protección de la salud de los ciclistas en la práctica deportiva competitiva.
g) La promoción de la transparencia y el buen gobierno en el deporte.
h) El desarrollo de acciones formativas para ciclistas.
i) La promoción de la práctica deportiva ciclista entre la población en general, con
especial incidencia en la inclusión de personas con discapacidad y en riesgo de
exclusión social.
j) La protección del medio ambiente a través del uso de la bicicleta.
k) La promoción de la inserción laboral y social de los ciclistas al finalizar su carrera
deportiva.
l) La representación institucional de la ACP, así como de sus miembros, en los
organismos de las Administraciones Públicas y demás entidades públicas y
privadas con competencias e intereses en las relaciones laborales de deportistas
profesionales y en la práctica ciclista, como clubes deportivos, federaciones
deportivas, fundaciones públicas o privadas, y cualquier otra.
m) La promoción, el impulso y la difusión del deporte federado, olímpico y
paralímpico, así como la internacionalización del deporte español.
n) La promoción de la seguridad vial y la movilidad sostenible en favor de colectivos
y usuarios ciclistas, así como el apoyo a las distintas Administraciones públicas o
entidades privadas en políticas o actuaciones en favor del uso de la bicicleta como
medio de transporte.
o) Todos aquellos que deriven de los fines anteriores o los complementen, y todos
aquellos que sin estar mencionados en estos Estatutos se consideren necesarios
para la defensa de la Asociación y del colectivo que representa.
Son funciones de la Asociación para el cumplimiento de su objeto, entre otras, las
siguientes:
a) Servir de vía de participación en las tareas de interés laboral y deportivo, a cuyo
efecto representa, gestiona, vigila y defiende los intereses de sus miembros,
sirviendo de cauce a las aspiraciones legítimas de los mismos, en el orden
profesional, laboral, asistencial y de cualquier otra índole, procurando en todo
momento el prestigio y espíritu de solidaridad entre sus afiliados.
b) Ostentar la representación que establezcan la legislación vigente.
c) Ejercer cuantas funciones le sean encomendadas por la Administración, Consejo
Superior de Deportes, organismos laborales y deportivos, federaciones y
confederaciones deportivas, Comité Olímpico Español, Fundación España
Deporte Global y cualesquiera otros organismos e instituciones, tanto públicas
como privadas.
d) Estar representada y participar en los consejos u órganos de la Administración,
Administración en general, Consejo Superior de Deportes, organismos laborales
y deportivos, federaciones y confederaciones deportivas, Comité Olímpico
Española, Fundación España Deporte Global y cualesquiera otros organismos e
instituciones, así como colaborar con los mismos en aquellas actividades que se
relacionen con el ejercicio profesional y deportivo de los deportistas.
e) Representar a sus miembros ante cualquier entidad u organismo de carácter
administrativo, administrativo-deportivo, organismos, federaciones, autoridades,
entidades públicas o privadas, asociaciones, órganos judiciales e instancias que
existan o puedan existir en el futuro, tanto en el ámbito nacional como en el
internacional.
f) Análisis, estudio e identificación de las prioridades en el ámbito del deporte
federado.
g) Diseño de proyectos de difusión y promoción nacional e internacional del modelo
de deporte español.
h) Gestión y justificación de fondos recibidos para el cumplimiento de sus fines,
analizando de forma continua los resultados obtenidos con el fin de establecer
áreas de mejora que permitan una mejor consecución de sus fines.
i) Gestión y comercialización de los derechos audiovisuales y de otro tipo, por las
actividades que organice.
j) Ostentar, en el ámbito de su actuación, la defensa de los intereses de sus miembros
ante la Administración, Tribunales, entidades, particulares, etc., con legitimación
para ser parte en cuantos expedientes, iniciativas y litigios puedan afectar a los
intereses profesionales y deportivos tanto de sus miembros.
k) Ordenar la actividad profesional y deportiva de los ciclistas velando por la ética y
dignidad profesional.
l) Organizar actividades y servicios comunes de interés para los asociados de
carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros
análogos proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios
necesarios.
m) Ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.
n) Asumir la representación de los miembros ante las entidades similares existentes
a nivel internacional, así como ante las diferentes administraciones, federaciones
y cualquier otro organismo de carácter nacional e internacional.
o) Asumir la representación en el territorio nacional de aquellas asociaciones,
federaciones u organismos de carácter internacional en las que se participe.
p) Ejercer funciones disciplinarias frente a sus miembros.
q) Procurar la armonía y la colaboración entre sus miembros.
r) Cuantas otras funciones que redunden en beneficio de los intereses profesionales
de la Asociación y de sus miembros.
s) Aquellas funciones que se contemplan en la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad
Sindical y demás normas aplicables a la Asociación y a sus miembros.
t) Cualquier otra función destinada al cumplimiento de sus fines.
La principal normativa de aplicación es la siguiente:
a) De ámbito interno:
ü Estatutos.
ü Reglamento Electoral.
b) De ámbito laboral:
ü Constitución Española.
ü Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
ü Estatuto de los Trabajadores.
ü Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
ü Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral
especial de los deportistas profesionales.
c) De ámbito deportivo.
ü Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
ü Normativa del ciclismo (UCI, RFEC, CPA).
Reglamento electoral ACP
Estatutos ACP
Información Económica
1.- La Asociación de Ciclistas Profesionales no percibe ningún tipo de subvención o
ayuda pública.
2.- Presupuesto del año 2021 aprobado por la Asamblea General.
En el apartado de ingresos, las aportaciones directas de los afiliados corresponden a las
cuotas y a los premios del Campeonato de España, para sumar un total de 54.323,50 euros.
Otros ingresos derivan de las gestiones a terceros, correspondiente a la gestión de
premios, cuya suma asciende a 56.000 euros. Por último, las actividades propias de la
asociación cuyos ingresos presupuestados para este ejercicio 2021 ascienden a 106.000
euros.
En el apartado de gastos, los correspondientes al local donde está ubicada la sede,
presupuestados en 10.200 euros. El apartado II corresponde a la estructura funcional, por
un importe presupuestado de 21.895,93 euros. El apartado III corresponde a los gastos de
personal, por un importe total de 111.284,77 euros, de los que 42.599,75 corresponde a
la retribución del presidente. Esta partida ha sido reducida en más de 8.800 euros respecto
del año anterior. El apartado IV corresponde a los gastos de Asamblea General y Juntas
directivas, por un importe de 6.500 euros. Esta partida ha sido reducida en más de 8.700
euros respecto de año anterior. El apartado V corresponde a Seguros y Departamentos,
con un importe presupuestado de 3.835 euros, 3.800 euros inferior al año anterior. El
apartado VI son gastos diversos, por un importe de 50.607,80 euros; esta partida ha sido
reducida en 11.995 euros en relación con el año anterior. El apartado VII corresponde a
los gastos de actividades propias, por un importe de 11.000 euros, 25.880 euros inferior
al último año. El último apartado corresponde a los impuestos, que se calculan en 1.000
euros.